Cuando hablamos de la Constitución Española como una «superlegalidad» tanto material como formal, ¿a que nos estamos refiriendo?
La Constitución Española del año 1.978 es una Constitución jurídica desarrollada sobre la base de Derecho.
Se trata de una ley superior, soberana.
En cuanto a la superlegalidad formal podemos decir que la Constitución es una norma rígida difícil de reformar, al menos por medios comunes, ya que se requiere un gran consenso entre los grupos parlamentarios que representan al pueblo.
Si nos centramos en la superlegalidad material podemos decir que todas las normas jurídicas que se rigen deben adecuarse a lo que diga la Constitución
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